Refugio y Asilo Politico

Todo lo que debes saber sobre

Refugio y Asilo Politico en Chile

El refugio en Chile está regulado por la Ley de Refugio 20.430 y su reglamento, el Decreto N° 837. Estos marcos legales fueron complementados el 12 de febrero de 2022 con la aprobación de la Ley de Migraciones 21.325 y su Reglamento N° 296, que incluyen aspectos relacionados con el asilo político y una nueva subcategoría de residencia temporal llamada Protección Complementaria.

La Protección Complementaria es un permiso de residencia excepcional otorgado a personas extranjeras cuya residencia en Chile se justifique por razones humanitarias. Esta categoría se aplica tanto a personas adultas como menores de edad, ya sea que estén acompañadas o no.

Existen al menos 4 motivos para solicitar esta protección

Persecución

Cuando una persona es perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opiniones políticas, y se encuentra fuera de su país de origen sin poder acogerse a la protección de ese país debido a esos temores.

Salida del país

Cuando una persona ha huido de su país de origen o residencia habitual debido a amenazas a su vida, seguridad o libertad causadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan afectado gravemente el orden público.

Sin nacionalidad

cuando una persona carece de nacionalidad y se encuentra fuera del país donde tenía su residencia habitual debido a los motivos mencionados anteriormente, y no puede o no desea regresar a dicho país.

Sin posibilidad de retorno

cuando una persona abandona su país de origen o residencia habitual sin tener la condición de refugiado, pero después de su partida se establecen las condiciones para solicitar el refugio.

PROTECCIÓN SIN DISCRIMINACIÓN PARA SOLICITANTES Y REFUGIADOS

Estas disposiciones se aplican a los solicitantes y refugiados sin discriminación por motivos de raza, color, sexo, edad, estado civil, religión o creencias, nacionalidad o ascendencia nacional, idioma, origen social o cultural, enfermedad o discapacidad, apariencia, opiniones políticas o cualquier otra situación.

Es importante tener en cuenta que no se impondrán sanciones a las personas reconocidas como refugiadas que hayan ingresado de manera irregular al país o tengan residencia irregular, siempre que se presenten ante las autoridades migratorias dentro de los 10 días siguientes a la infracción y aleguen una razón justificada. Sin embargo, en caso de no ser reconocido como refugiado, se aplicarán las sanciones correspondientes por infracción a la ley de migración.

En caso de no obtener la condición de refugiado o asilado, es posible postular a la subcategoría de Residencia Temporal de Protección Complementaria.

Durante el procedimiento de solicitud de refugio, es obligatorio decir la verdad, cooperar y proporcionar pruebas y explicaciones relevantes. También se deben proporcionar datos personales necesarios para determinar los hechos pertinentes y responder todas las preguntas realizadas. Además, se debe informar y mantener actualizado el domicilio ante las autoridades migratorias.

El procedimiento de solicitud de refugio se inicia presentando el formulario de solicitud con los datos.

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